ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa a favor de JORCI RAMÓN PRIETO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.020.818, residenciado en Arapuey, calle principal, casa s/n, frente ala Plaza Bolívar, Arapuey Estado Mérida en perjuicio de JOSE SINECIO PACHECO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 5.356.876, residenciado en Arapúey, calle el Capotal, casa s/n Arapuey, Estado Mérida. De conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 3l8 ordinal 3º y 48, ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, 108, ordinal 4º del Código Penal Venezolano y 110 ejusdem. Y así se decide. Notifíquese a las partes de la presente de.....