Por las razones expresadas ut supra, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda conceder al penado GERDYSON ORLANDO ZAMBRANO SÁNCHEZ, la fórmula alternativa de cumplimiento de pena correspondiente a la libertad condicional, y por tanto el Tribunal le impone las siguientes condiciones: