PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por calificación de Despido, interpuesta el 04 de mayo de 2004 ante el entonces Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, por el ciuda¬dano ADALBERTO FUMERO AFONSO contra la empresa D.O.S.A,. y/o CERVECERIA POLAR, ambos anteriormente identifica¬dos, por calificación de despido. Se ordena en consecuencia el reenganche del trabajador demandante, a las labores que prestaba al momento de producirse el despido, en iguales condiciones en la empresa demandada D.O.S.A, S.A,y/o Cervecería Polar, así como al pago de los salarios dejados de percibir, a razón de ciento cuarenta y siete mil trescientos cuarenta y dos Bolívares (Bs.147.342,54) diarios.
SEGUNDO: Con fundamento en el artículo 274 del Código De Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.
TERCERO: Se ADVIERTE que en el caso que el patrono no acate la orden de reenganche y, persista en el despido, deb.....