Primero: IMPROCEDENTE, la solicitud de Reposición solicitada por la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA.
Segunda: Se ordena la notificación de la Procuradora General de la República mediante oficio, ordenándose a la secretaria (o) certificar las copias de la presente decisión, a los fines de que se forme criterio acerca del asunto planteado de conformidad con lo establecido en al articulo 86 de la Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.