DISPOSITIVA.-
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por PARTICIÓN JUDICIAL DE BIENES HEREDITARIOS incoaren los ciudadanos: MARLON PAULINO MORA CORONADO y CLARA EDELMIRA CORONADO DE MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 24.195.783 y Nº V- 9.474.621, en su orden; y civilmente hábiles, contra HEREDEROS DESCONOCIDOS, de los Ciudadanos ADOLFO TORRES CALDERON; MARÍA DEL SOCORRO o SOCORRO TORRES CALDERON; CAMILO TORRES CALDERON; LIBORIO TORRES CALDERON, MARÍA GREGORIA TORRES CALDERON de VENEGAS, según planilla de liberación fiscal de la herencia de MARÍA JUANA o JUANA TORRES CALDERON, de fecha 05-05-1965.
SEGUNDO.....