DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTE y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a la Solicitante y su hermana ya identificadas; en consecuencia Declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, formulada por la Ciudadana: MAYRA LORENA SÁNCHEZ GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-17.129.313, domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida, asistida por el Abogado ROGER MARINO ALBARRACÍN MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 4.204.264, i.....