DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara competente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 23 de diciembre de 2024, por el abogado Óscar Ramón Sosa Rojas, abogado en ejercicio, inscrito en IPSA bajo el N° 43.839, con domicilio procesal en la calle 23, centro profesional Juan Pablo II, piso 2, oficina 2-6, Mérida estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0414-47092790, actuando con el carácter de defensor de confianza del sancionado Rosmer Ricardo Vivas García, titular de la cédula de identidad N° V-28.610.329, contra el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Sistema Penal de
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