PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda que por cobro de bolívares por intimación fue interpuesta por el abogado JESÚS ALBERTO SALCEDO, en su condición de endosatario en procuración del beneficiario ciudadano JOSÉ ADONAI FLORES RIVAS. SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se condena a la parte demandada ciudadano VINTILIO ROJAS ROJAS al pago de las siguientes cantidades de dinero: a) La cantidad de CINCO MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 5.710.000,oo), por concepto del saldo deudor a la cantidad expresada en la letra de cambio objeto de la demanda. b) La cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES BOLÍVARES CON SETENTA CE.....