PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la acción autónoma de amparo constitucional interpuesta en fecha 20 de diciembre de 2011, por la abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, actuando con el carácter de co apoderada judicial del ciudadano HASSAN BAHSAS MOLAEB, contra la providencia de fecha 06 de diciembre de 2011, proferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, por la pretendida violación de los derechos constitucionales al debido proceso, la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa, en el procedimiento incoado contra Sociedad Mercantil TIENDAS ASTRAS, C.A., representada por su Presidente el ciudadano ANDREAS VLACHOS TSUREA, por cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento de prórroga legal, en la causa que bajo el expediente signado con el número 9672, cursa por ante el referido Juzgado.
SEGUNDO: En virtud que de los autos no se evidencia que el solicitante del amparo hayan actuado con temeridad manifi.....