Por Decisión N° 042/09 de esta misma fecha, se ADMITE LA ACUSACIÓN FISCAL, así como los MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS, y DECLARA PROCEDENTE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del acusado DELVIS LUIS URDANETA RUBIO, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.305.680, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana YOJANA CAROLINA URDANETA PARRA. Se establece como plazo de régimen de prueba UN (01) AÑO contado a partir de la presente fecha 25 DE FEBRERO DE 2009 HASTA EL 25 DE FEBRERO DE 2010.-