Por lo antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara RECTIFICADA la Partida de Nacimiento del ciudadano HECTOR ALFONSO UZCATEGUI LUSARDO, venezolano, mayor de edad, casado, Ingeniero Agrónomo, titular de la cedula de identidad No.3.499.899, hijo legitimo de JESUS UZCATEGUI Y EVA ANGELINA LUSARDO DE UZCATEGUI, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, bajo el Nº 165, folio s/n., de fecha 13 de octubre de 1950; y la inserta por ante la Oficina Principal de Registro Público del Estado Mérida, en el sentido de que donde dice HECTOR ALFONZO UZCATEGUI LUSARDO, hijo legítimo de JESUS UZCATEGUI Y ANGELINA LUSARDO DE.....