Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio formulada por los ciudadanos: JOSE LUIS SALAZAR PERNIA y LEIDA DEL CARMEN NOGUERA DE SALAZAR, plenamente identificados. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según el matrimonio civil contraído por ante el Concejo Municipal del Municipio Tovar del Estado Mérida, en fecha: 22 de Octubre del año 1987, bajo el No. 08, cuya acta se encuentra en copia certificada agregada al folio Dos (02) del presente expediente. Así se decide.- Se ordena oficiar a los organismos respectivos.