PRIMERO: REVOCA Y EN CONSECUENCIA DEJA SIN EFECTO LEGAL ALGUNO, el decreto de Separación de Cuerpos y Bienes por mutuo acuerdo con sustento en la solicitud realizada por las partes intervinientes y en base a los razonamientos de hecho y derecho realizados, proferido por éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, de fecha Veintinueve (29) de enero de dos mil quince (2.015), que riela a las actuaciones bajo el numero de solicitud 2014-140, Decreto Nº 2014-140, que separó legalmente de cuerpos y bienes a los ciudadanos: EDGARDO EMILIO ARAQUE BELANDRIA y ARIANA RUBÍ MOLINA MOLINA, venezolanos, mayores de edad, casados, agricultor el primero y de oficios del hogar la segunda, provistos de las cedulas de identidad Nros. V-18.578.561 y V-18.579.568, respectivamente, domiciliados en la Aldea Mariño, Sector El Alto, cien metros (100 Mts) arriba de la Laguna Los.....