Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara extinguida la acción penal y en consecuencia, decreta el sobreseimiento de la causa a favor del acusado ERLES EMIRO CARRERO MORALES, venezolano, natural de Zea Estado Mérida, de 54 años de edad, nacido en fecha 10-02-1954, de estado civil casado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V. 5.512.107, y residenciado e la Urbanización El Paraíso, calle 02, casa Nº 13-957, El Vigía Estado Mérida a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Artículo 41 Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de: MILARIS TERESITA NOGUERA DE CARRERO; todo de conformidad con lo esta.....