PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por ante este Juzgado en fecha 18 de septiembre de 2012, por la ciudadana HUMILDAD URBINA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.770.699, domiciliada en la Parroquia Mesa Bolívar, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, contra la ciudadana ANA MARIA LOBO PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.717.008, domiciliada en el Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, por SERVIDUMBRE DE PASO.
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se le ordena a la demandada, ciudadana ANA MARIA LOBO PARRA, antes identificada, a mejorar la entrada al predio de la ciudadana HUMILDAD URBINA MARQUEZ, haciendo con menos pendiente dicha entrada, así como la instalación de portillos de paso en los limites de ambas fincas, que permitan el paso y resguardo del ganado. TERCERO: No se CONDENA en costas procesales a la parte actora, por tratarse.....