DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento a lo ordenado por el a la Medida de embargo preventivo, ordenado por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el expediente N° 7.397, se trasladó y constituyó en el inmueble indicado y visto el cumplimiento de pago hecho por la parte demandada ciudadana Jeancelly Katherine Querales Uzcàtegui se abstuvo de practicar la medida. Conclusiones: Visto el pago hecho por la parte demandada se remite la comisión cumplida al Juzgado de la Causa