...PRIMERO: Se desprende de la revisión exhaustiva de las presentaciones ante este Tribunal, que el adolescente (RESERVADO). Que el referido adolescente no ha cumplido con las referidas presentación impuestas por este Juzgado, cada ocho (08) desde el día 09-03- del 2005. Por lo que deberá él mismo o a través de su representante legal, justificar las faltas de presentaciones. SEGUNDO: En cuanto que al referido adolescente se le sustituya la medida de presentaciones periódicas ante este Tribunal, por la obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o Institución determinada. Este Tribunal observa. Que dicha solicitud debió hacerla antes de que el referido adolescente dejara de cumplir con las presentaciones impuesta para poder solicitar la sustitución de esta medida, ya que el mismo ha dejado de presentarse desde el día 09 de marzo del presente año. Por lo que esto no significa que no pueda haber un cambio a futuro de la medida impuesta, unas ves conste de manera justic.....