Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con lo pautado en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de JOSE ALEXIS BRICEÑO ZAMBRANO, venezolano, nacido en Mérida, de 26 años de edad, nacido el 04-09-79 , titular de la Cédula de Identidad N° 19.847.740 , domiciliado en: Las Acacias, ocupación agricultor, estado civil soltero, casa sin numero, color anaranjada, cerca de la casilla policial, teléfono 7758892, hijo de Ana Mireya Zambrano Mora y José Briceño, Estado Mérida, por un lapso de (8) meses once (11) días, es decir hasta el día cinco (5) de febrero del año 2007.
El Tribunal le impone al penado J.....