Dispositiva:
Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda la suspensión condicional de la ejecución de la pena, a favor de Yorgi Guillermo Colmenares Rojas, titular de la cédula de identidad N° 12.226.529, de conformidad con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Pena, suspensión que se acuerda por el lapso de siete (7) meses, el cual comenzará a transcurrir a partir de la fecha de imposición de esta decisión.
Líbrese boleta de citación al penado, para el día martes cinco de junio del año en curso (05.06.2007), a las diez de la mañana, para imponerlo de la suspensión condicional de la ejecución de la pena acordada a su favor, para que suscriba el acta de compromiso y se le haga entrega de copia certificada de esta decisión. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 03, ubicada del estado Táchira, .....