Este Tribunal de Control N° 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal, a FAVOR de CARLOS JULIO HERNANDEZ, venezolano, natural del Vigía de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.236-064, residenciado en Caño seco III calle 17 C, casa Nº. 04 del Vigía Estado Mérida, se puede evidenciar la comisión del Delito de LESIONES FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, ahora artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio QUINTERO RIVAS MARIA DEL ROSARIO, venezolana, mayor de edad, natural de el Vigía, soltera, oficios del hogar, nacida en fecha 23-05-1979, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.761.360, residenciada en Caño seco III calle 17 C.....