El Tribunal ADMITE la presente demanda por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia, se acuerda emplazar a la ciudadana ANA FLORINDA OLIVARES RIVAS, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.450.701, domiciliada en la Urbanización Santa María, avenida Los Jabillos, quinta Ana, Jurisdicción de la Parroquia Milla, Municipio Libertador, del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, a los fines de que comparezca ante este Tribunal en el TERCER DÍA DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos su citación a fin de exponer lo que a bien tenga con relación a lo solicitado por su cónyuge y con vista de lo cual se resolverá lo conducente, siempre y cuando conste en autos la notificación del FISCAL DE FAMILIA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, a quien se ordena notificar mediante boleta anexándole copia certificada de l.....