Vista la información, suministrada por el ciudadano Carlos Julio Castillo Cuevas, en su condición de Director Estadal del Poder Popular para la seguridad Ciudadana, que realiza a éste despacho en fecha 02 de Junio del presente año 2009, éste tribunal, con fundamento a lo establecido en el artículo 26 de nuestra Carta Magna, en relación al Derecho de las partes al acceso a la justicia considera;
en efecto se sigue causa penal por éste despacho al ciudadano NESTOR ALI ROJAS SALAZAR, en causa signada con nomenclatura Nº LP01-P-2008-3346, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, delito previsto en el encabezamiento del artículo 31 y 46.8 de la Ley Especial que regula la materia, ahora bien de la revisión de la misma se observa que el precitado ciudadano fue condenado por éste tribunal, en sentencia de fecha 01 de Junio del año 2009, a cumplir la pena de nueve (09) años de prisión, en el Centro de Reclusión de San Juan de.....