este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a dictar la decisión conforme lo establecen los artículos 177, 330 numerales 1, 2, 4 y 9 y 331 del COPP, en presencia de las partes en los siguientes términos: PRIMERO: En fecha 16/03/2006, fue presentado escrito de descargo de la Acusación Fiscal por la Defensa Privada, en el cual en su CAPITULO 1, solicita la NULIDAD ABSOLUTA del escrito de Acusación presentado por el Representante Fiscal, considera este Tribunal que la misma no puede ser considerada una nulidad absoluta, por cuanto el Ministerio Público es el titular de la acción penal y director de la investigación y en la audiencia de hoy expuso las razones por las cuales no fue practicada la diligencia solicitada por la defensa. Considerando este Tribunal innecesaria la Reposición de la.....