Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la tacha incidental de los testigos promovidos por la parte demandante, en cuanto a los ciudadanos Jorge Jesús Prince Sierralta y Félix Then Sivira, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: 4.793.147 y 5.626.311 respectivamente, que fueron tachados en la audiencia de juicio por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, incoada por el ciudadano LUIS ENRIQUE OBANDO BRAVO contra la sociedad mercantil PEPSI COLA DE VENEZUELA COMPAÑÍA ANÓNIMA, ambas partes identificadas en autos.
TERCERO: No hay condenatoria .....