DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTE y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a la Solicitante ya identificada; en consecuencia Declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por los Abogados ALBERTO JOSÉ BECERRA ROA y JESÚS ALBERTO BECERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.799.797 y 14.106.601, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 123.906 y 115.694 y jurídicamente hábil, con el carácter de Apoderados Judiciales de lo.....