El Tribunal dictó sentencia interlocutoria delarando: Primero: DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN, solicitada por la ciudadana YUSMARI ALTUVE ALTUVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.663.347, domiciliada en la Parroquia Mucutuy, Municipio Arzobispo Chacón del estado Bolivariano de Mérida, dentro del predio denominado "LA ROSITA", ubicado en el sector Mucucharani, asentamiento Campesino Mucutuy, Parroquia Mucutuy, Municipio Arzobispo Chacón del estado Bolivariano de Mérida, asistidos por los abogados JESÚS RAFAEL PEÑA y RUBÉN GREGORIO UZCATEGUI SULBARAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.632.290 y 9.473.320, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 87.589 y 58.092, domiciliados en el sector El Campito, calle principal, Casa N° 91, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, sobre el área efectiva de producción en el predio denominado "LA .....