Dispositiva
Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Control No 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Decreta con lugar la Aprehensión en Situación de Flagrancia de los ciudadanos GERARDO ANTONIO VILLARREAL GARCIA, y JUNIOR URBANO LARA QUINTERO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No 16.095.808, y 18.964.612 de 26 y 20 años de edad, por haber nacido en fecha 05-07-79, y 20-04-85 , domiciliados en Sector Pozo Hondo, cerca de la capilla Lourdes, Ejido Estado Mérida, y en Urbanización Carlos Sánchez, calle 2, casa No 64, Ejido Estado Mérida, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN y ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN EN GRADO DE COMPLICIDAD previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 456 del Código Penal Venezolano para el primero de los identificad.....