DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: ABSUELVE al acusado ELIAS JHOAN FLORES APONCIO, quien es venezolano, natural de El Vigía Estado Mérida, titular de la cédula de identidad N° V- 15.356.590, nacido en fecha 06/01/1981, de estado civil soltero, de 26 años de edad, de profesión u oficio Taxista, hijo de Milva Aponcio (v) y de Héctor Flores (v), domiciliado en: Bubuquí III, bloque 10, apartamento 3-04, teléfonos 0275-8810965 y 0414-9766805; por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO.
SEGUNDO: Se ordena el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta conforme al artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, por el Tribunal de Control N° 01 de este.....