PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: En uso de la facultad que le confiere el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil, se ordena al intimante corregir en primer lugar, el texto del libelo de la demanda con respecto al interés legal derivado del documento que obra al folio 14 de este expediente, a partir del 28 de noviembre de 2.006 hasta el 28 de mayo de 2.007, a la rata del tres por ciento (3%) anual, y en segundo lugar, presentar el último recibo de pago producto de la venta efectuada por la ciudadana NANCY JOSEFINA NÚÑEZ, a los ciudadanos NANCY DEL SOCORRO MORENO MORENO y AURELINO BRICEÑO BARRIOS, o en su defecto copia certificada del documento en virtud del cual se hizo la venta definitiva del inmueble p.....