PRIMERO: Se declara CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso
apelación formulado en fecha 23 de octubre de 2013, por el abogado en ejercicio JULIÁN MARCANO ESCOBAR, inscrito en el Inpreabogado con el número 28.254, con el carácter de co-apoderado judicial del ciudadano OSCAR DE JESÚS ALARCÓN ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.029.850, parte demandante, contra el auto de fecha 17 de octubre de 2013 (folio 217), mediante el cual el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 787 del Código de Procedimiento Civil, negó la solicitud presentada en escrito de fecha 14 de octubre de 2013, mediante la cual impugna y formula reparos graves al informe consignado por la partidora, en fecha 30 de septiembre de 2013, en el juicio de partición y liquidación de bienes de la comunidad conyugal propuesto por el recur.....