PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por la ciudadana DAYANA DEL VALLE CASTRO ARENAS en contra del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES. (Ambas partes identificadas en actas procesales).
SEGUNDO: Se ordena a INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, que reincorpore como médico interno rotativo del Hospital II "Dr. Tulio Carnevali Salvatierra", a la ciudadana DAYANA DEL VALLE CASTRO ARENAS, a los fines de cumplir con la carga asistencial y académica, por el tiempo que sea necesario, con goce de salario, según lo indicado en la motiva del fallo.