RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO interpuesto por los ciudadanos LONDOÑO UZCATEGUI ALBA ELISABETH y RODRIGUEZ SULBARAN JEAN CARLOS, asistida por la abogada en ejercicio LIVIA COROMOTO GUERRERO QUINTERO, venezolana, mayor de edad, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.420 y jurídicamente hábil, plenamente identificados al folio uno (1 vto.) de la presente solicitud signada con el N° 4623. En consecuencia, cumplida como ha sido la citación personal y vencido como se encuentra el lapso de comparecencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA RECONOCIDO JUDICIALMETE EL DOCUMENTO PRIVADO, suscrito en fecha 27 de Agosto del 2013, objeto de las presentes actuaciones, todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 1364 del Código Civil Ven.....