Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 15 de marzo de 2010 por la coapoderada de la parte demandada, contra la sentencia definitiva de fecha 2 de marzo del 2010, proferida por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Se declaró CON LUGAR la solicitud de revisión y aumento de obligación alimentaría formulada. Se CONFIRMÓ en todas y cada una de sus partes la sentencia apelada.