Primero: SIN LUGAR LA DEMANDA que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES ha incoado el ciudadano DOUGLAS MOLINA PIRELA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 9.475.810, en contra de la Sociedad Mercantil BLINDADOS DEL ZULIA OCCIDENTE, C. A.
Segundo: No hay condenatoria en costas, según lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.