Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes analizados, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio Mixto nro. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede por unanimidad a dictar los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA al acusado CARLOS RAMOS PEÑA, antes identificado, por la comisión de los delitos de: ESTAFA SIMPLE EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado el artículo 462, encabezamiento del Código Penal vigente, en concordancia con el artículo 99 ejusdem y SUPOSICIÓN DE VALIMIENTO CON FUNCIONARIOS PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 79 de la Ley Contra la Corrupción, ésta última calificación jurídica debidamente advertida por el Juez Presidente del Tribunal Mixto durante el debate, conforme al artículo 350 del Código Orgánico Procesal Penal, tomando en consideración las circunstancias atenuantes y agravantes del caso,.....