PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano Pedro María Arévalo Pérez, en contra de la Alcaldía del Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida en la persona de su Alcalde Luis Omar Ditta, y al Síndico Procurador Municipal de Caracciolo Parra y Olmedo, por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la parte accionada Alcaldía del Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida en la persona de su Alcalde Luis Omar Ditta, y al Síndico Procurador Municipal de Caracciolo Parra y Olmedo, a pagar a la parte actora, ciudadano Pedro María Arévalo Pérez por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, la cantidad de CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 4.637,69) más la cantidad de dinero calculada por concepto de interés sobre prestación de antigüedad y así se establece.