DISPOSITIVA.
En consecuencia por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano ORLANDO JAVIER MARIN CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.762.705, con domicilio procesal en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, actuando en representación del ciudadano ELI JOSE ARAQUE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-16.263.458, de profesión comerciante, con domicilio procesal en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, teléfono: 0414-7403886, tal como se desprende del Poder Especial, debidamente otorgado en fecha 14-08-2009, por ante la Notaria Pública Tercera del Estado Mérida, el cual se encuentra anotado bajo el No. 85, tomo 78, de los Libros de Autenticaciones ll.....