Este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de
la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos: RAFAEL GREGORIO GOMEZ OCANTO y OLIVA DEL CARMEN AVILA GARCIA, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 10 de Diciembre de 1.999, por ante La Prefectura Civil del Municipio Autónomo Julio César Salas del Estado Mérida. Acta Nº 016.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, declararon que durante el matrimonio NO procrearon hijos NI adquirieron bienes de fortuna que liquidar