Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la DECLARA CON LUGAR de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, la solicitud formulada por los ciudadanos: ALONSO RAMON ISEA BRICEÑO Y CARMEN VIOLETA BRICEÑO DE ISEA, venezolanos, mayores de edad, conyugues, titulares de las cédulas de identidad números V-9.310.131 y V-10.915.125, en su orden respectivo, domiciliados el primero, en la Ciudad de Maracaibo Municipio Chiquinquira del Estado Zulia y la segunda en el sector La Vega parte baja de esta Población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre dichos ciudadanos anteriormente identificados, celebrado por ante La PREFECTURA CIVIL DEL MUNICIPIO LA MESA DISTRITO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, hoy día REGISTRO CIVIL LA MESA DE ESNUJAQUE DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, en fecha 05 de .....