ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. En consecuencia, téngase como Únicos y Universales Herederos del causante EDWUAR FELIPE AUYADERMONT CARRUYO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, soltera, estudiante del Instituto Tecnológico de Ejido (IUTE), titular de la cédula de identidad N° 17.580.686, fallecido en fecha siete de octubre del año dos mil seis, a sus padres CARLOS FELIPE AUYADERMONT MUÑOZ Y NAIROBIS CONSUELO CARRUYO DE AUYADERMONT, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad Nros.V-8.537.906 y V-5.560.899, de este domicilio. Se deja a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones legales correspondientes.
SEGUNDO: Se ordena devolver las presentes ac.....