este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nro. 04, del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de MELFI RAMÍREZ BELANDRIA, venezolano, quien dice ser titular de la Cédula de Identidad No. V-11.464.934, natural de la Población de los Pueblos del Sur, nacido en fecha 03-10-69, soltero, taxista, residenciado en Jaji, finca Mocondu, casa S/N, Municipio Campo Elías, Estado Mérida, hijo de Eleazar Ramírez Belandria (m) y Zenaida Belandria (v), edad 36 años, trabaja en la Posada Turística Las Rosas, en Los Curos, parte alta, la Panamericana. Por la presunta comisión del delito OCULTAMIENTO DE CARTUCHO PARA ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 273 y 274 del Código Penal Venezolano (Reformado) y artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos y su Reglamento, en contra del Orden Público y RESISTENCIA A L.....