De conformidad con los Artículos 2, 7, 25, 26, 49 y 253 de la Carta Magna, en concordancia con lo previsto en el Artículo 807, 822, 823 del Código Civil, Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, y la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo del año 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009, este Juzgado de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante HERMENEGILDO ALARCON ALBORNOZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-674.460, quien falleció ad intestato en fecha 13 de Junio de 2011, según se evidencia en acta de defunción Nº 63, de fecha 13 de Junio de 2011, expedida por el Jefe del Registro Civil de la Parroquia Juan Ignacio Montilla, del M.....