Este TRIBUNAL DE JUICIO Nº 01 SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento, DECIDE: CONDENA al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), como autor del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos en los artículo 277 y 458 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos y sancionado en el artículo 620 literales "e" y "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del ciudadano RODRIGUEZ LEON JHONATAN ANDRES, a cumplir las sanciones consistentes en una SEMI LIBERTAD POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, EN LA INSTITUCIÓN "CASA REFUGIO SALVE Y MISERICORDIA"; Y LUEGO UNA LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, la cual estará bajo la orientación y supervisión de la Psicólogo adscrita a esta Sección de Adolescente, las mismas deberan ser cumplidas de manera sucesivas; la.....