Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la Aprehensión en Situación de Flagrancia del ciudadano Mauro Márquez, por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Precalificad el delito como CULTIVO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 33 de la Ley de Tráfico Ilícito de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas.
TERCERO: Acuerda tramitar la presente causa por el Procedimiento Ordinario, conforme a lo establecido en los artículos 373 del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido, remítase la presente causa a la Fiscalia 16 del Ministerio Público en la oportunidad legal.
CUARTO: Medida de Privación Preventiva de Libertad, al imputado MAURO MARQUEZ, de conformidad con lo pre.....