Este Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de La circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la parte actora ciudadanos NORMA ISABEL CAMACHO NUÑEZ, JOSE ORANGEL CAMACHO NUÑEZ y GLORIA ELENA CAMACHO NUÑEZ, venezolanos, mayor de edad, solteros los dos primeros, la tercer divorciada, titulares de la cédula de identidad No. 9.198.320, 9.396.536 y 5.512.307, domiciliados en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, actuando en su propio nombre y en representación de su hermana LILIBETH CECILIA CAMACHO NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 10.239.765, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida; por ENTREGA DE INMUEBLE POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL; contra los ciud.....