DECISION
En consecuencia este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio por mutuo consentimiento formulada por los ciudadanosJOSE RAMON ALTUVE Y MARIA VICTORIA MORALES CARRERO, venezolanos, mayoresde edad,titulares de las cedulas de identidad N° V- 10.905.909 y V- 18.208.661, respectivamente, domiciliados en la Urbanización IPASME, casa N° 26, Sector Tacarica, Parroquia El Llano Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mériday hábiles. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según matrimonio civil celebrado por ante el Registro Civil de Tovar Estado Mérida, en fecha 03 de junio de 2011, acta N° 47, Folio N° 47. Se.....