PRIMERO: INCOMPETENTE en razón de la función jerárquico funcional para conocer de la presente solicitud de desacato a la medida autosatisfactiva de protección a la producción interpuesta por el abogado JOSE GREGORIO CHUECOS RIVERO, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALVIN ANTONIO ROMERO ALVAREZ y ALVIN ALBERTY ROMERO QUINTERO, Así se decide. -
SEGUNDO: como consecuencia del particular anterior se declina la competencia para conocer de la presente solicitud al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de "El Vigía". Así se decide.-