Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha presentada la ciudadana MARIA PAULA VIVAS DE TERAN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-11.915.582, correo electrónico: paulavivas73@gmail.com , teléfono 0424-7222879 y civilmente hábil, asistida en este acto por la ABG. LIGIA XIOMARA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.241.460, Inscrita en el Inpreabogado bajo N° 194.987, teléfono 0424-7838661, y civilmente hábil, mediante la cual solicita que se les declare el divorcio debido a que se encuentra separada de hecho de la vida en común con el ciudadano HEBER LEONIDAS TERAN ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.217.942, teléfono 0414-975.....