DISPOSITIVA: En el caso bajo estudio, se puede constatar que estamos en presencia de una decreto de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada el 05 de agosto de 2013, sobre un bien ubicado en la Avenida Bolívar, Conjunto Residencial "Piedras Blancas", Torre A, Apartamento Nº 14-A, Jurisdicción del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, cuyas características y especificaciones, constan en el citado decreto de medida (folios 94, 95, 96 y vtos.); solicitada por la parte demandante; de igual forma de la revisión de las presentes actuaciones, no consta en autos, que la parte demandada, quién resultó perdidosa en el presente procedimiento de Cobro de Bolívares Vía Intimatoria, haya dado cumplimiento a la sentencia, y el solicitante no aporta ninguna prueba que determine tal cumplimiento.
En consecuencia, quien aquí decide, acuerda convocar a las partes, a una reunión a los fines de escuchar los argumentos de la parte accionante y del ex cónyuge, a los fines de .....