Por lo antes expuesto este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la rectificación del Acta de Matrimonio de la ciudadana MILADY AUXILIADORA SUÁREZ y se establece que la contrayente es la ciudadana MILADY AUXILIADORA SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.447.141. Queda así rectificada.